Qué es la exportación monitoreada y quiénes pueden implementarla

Se trata de un nuevo régimen de comercio exterior que facilita y agiliza el proceso de despacho de mercaderías desde la planta de la empresa. 

Hasta hace unos días atrás, quien quería exportar desde su propio establecimiento debía solicitar que un agente aduanero fiscalizara la carga de forma presencial, esperar el momento en que pudiera acudir y pagarle viáticos. Pero, el 6 de octubre, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo sistema de control remoto.

A través de la resolución 5770/2025, ARCA creó el régimen de “Exportación Monitoreada”, que permite fiscalizar las operaciones mediante tecnología de videovigilancia (CCTV), sin necesidad de presencia física de agentes aduaneros en cada punto de carga.

Desde el Gobierno nacional explicaron que el objetivo de la medida es “agilizar los trámites, reducir los tiempos de espera y optimizar los costos logísticos de las empresas exportadoras, manteniendo al mismo tiempo la trazabilidad y la seguridad en los controles aduaneros”.

El ministro de Desregulación y Transformación de Estado, Federico Sturzenegger, detalló que “con una pequeña infraestructura, que es una jaula y cámaras, vas a poder autodespachar tu comercio exterior desde tu propia planta. No va a ser necesario traer a un verificador, pagar viáticos, sufrir demoras, etc”.

Aún más, señaló que quienes no cuenten con infraestructura propia, podrán utilizar la de una empresa cercana para despachar desde ese sitio. “Es pasar a un sistema donde a miles de productores honestos le simplificás la vida, permitiéndoles hacer fácil lo que quieren hacer, que es producir y exportar”, resaltó el funcionario. 

Claudio Echegaray, gerente de Despachantes de Aduanas SA (DASA), explicó que ARCA lanzará una prueba piloto en algunas provincias y que Mendoza es una de ellas. Añadió que habrá que esperar para conocer los cronogramas de implementación, que se publicarán en un micrositio que se habilitará en la página del organismo. 

La Dirección General de Aduanas será la encargada de definir las pautas de admisión, control y mantenimiento, además de coordinar la capacitación y fiscalización de los participantes.

Cuáles son los requisitos

El directivo de DASA detalló que los beneficiarios de esta medida son quienes formen parte del régimen de «Carga de Exportación en Planta» desde hace, por lo menos, dos años. Aclaró que este sistema fue establecido a mediados de año y viene a modificar el antiguo de «Planta de exportación».

Además de tener el establecimiento habilitado para poder exportar desde el lugar, deberán contar con un circuito cerrado de televisión. Esto es lo que permite al CUMA (Centro Único de Monitoreo Aduanero) realizar un control en tiempo real de los sectores de carga, de pesaje, de entrada y de salida de camión, en la planta de exportación. 

Echegaray explicó que la resolución 5721/2025 establece los requisitos para que un sitio pueda ser habilitado para la “Carga de Exportación en Planta”. Como que el exportador tenga derecho al uso de ese predio por algún título o relación jurídica. 

También, que el establecimiento se encuentre ubicado en la misma jurisdicción aduanera donde el exportador desarrolla su actividad económica -industrial y/o comercial- inherente a las mercaderías que va a exportar.

El gerente de DASA subrayó que es el circuito cerrado de televisión es fundamental, porque es lo que permite que el servicio aduanero monitoree todo el proceso de carga en tiempo real. 

También resaltó que, como se piden dos años, como mínimo, de permanencia en el régimen de «Carga de Exportación en Planta», quienes quieran inscribirse ahora deberán esperar ese tiempo para poder adherir al sistema “Exportación Monitoreada”.

Beneficios para el comercio exterior

Analizando qué cambios implicará para quienes ya venían exportando desde sus propias plantas, el directivo de DASA mencionó que uno de ellos es la rapidez, aunque consideró que recién se podrá confirmar la agilidad operativa de este nuevo sistema cuando se desarrollen las pruebas piloto.

Mencionó, además, que se ha comentado que existirá un canal ágil para las mercaderías que salgan de Uspallata con destino a Chile, porque se entiende que se trata de una exportación monitoreada; lo que sumaría a esta celeridad. 

En cuanto a los rubros de la economía mendocina que podrían beneficiarse por el régimen, indicó que podrán hacerlo todos los exportadores cuya actividad comercial se desarrolle en Mendoza y que ejerzan la jurisdicción aduanera en la provincia (por el caso, en cualquier parte del país), más allá del producto en particular. 

Y resaltó que en la empresa están teniendo consultas de clientes que ya poseen su planta de exportación y que quieren interiorizarse sobre los detalles de la operatoria.